Ordena TEEO a Congreso del Estado pronunciarse respecto a petición de diputados del PVEM

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En sesión de resolución realizada mediante videoconferencia, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó a la presidenta de la Mesa Directiva, a la Junta de Coordinación Política, y a la Secretaría de Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado; a que se pronuncien respecto de la solicitud hecha por los diputados Eva Diego Cruz y Samuel Gurrión Matías, respecto a su intención de conformar e integrar el grupo parlamentario del partido Verde Ecologista de México (PVEM).

En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con clave JDC/297/2021, les requirió, también, inaplicar el artículo 80 de la Ley Orgánica Del Poder Legislativo, el cual exige un mínimo de 3 legisladores para constituirse en fracción parlamentaria, al hacer regresivo el derecho de los diputados electos de participación política en la vida interna del Congreso del Estado de Oaxaca.

Las magistradas y el magistrado de este Órgano Jurisdiccional advirtieron que le asiste la razón a la parte actora, ello porque si bien, la presidenta de la Mesa Directiva le dio respuesta a los planteamientos de estos legisladores en la tribuna, está se basó en una cuestión de las formalidades para la presentación de la solicitud, pero no dio una respuesta en cuanto al fondo de la solicitud planteada.

Refirieron que, en el mismo sentido, en el acuerdo por el que comunican la instalación de la Junta de Coordinación Política de la citada legislatura, no se expuso argumento alguno del por qué no se podía considerar la formación del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

El Pleno consideró que el artículo 80 de la Ley Orgánica Del Poder Legislativo, que arguyeron las autoridades señaladas, representa una regresión al derecho de participación política de los diputados electos, pues bien, lejos de ampliarlo, ya sea mediante la disminución del número de diputados para constituir una fracción parlamentaria, se restringe, dado que, se aumenta el número de diputados para formar tal órgano interno, lo cual trastoca el derecho de las minorías a hacer propuestas y no solo a decidir en la propuesta de los partidos mayoritarios.

Acredita violencia política a adulto mayor

En la sentencia de los expedientes acumulados JDCI/58/2021 y JDCI/81/2021, este Tribunal acreditó la violencia política por la condición de ser adulto mayor, ejercida por los integrantes del Ayuntamiento de San Francisco Jaltepetongo en contra del Regidor de Hacienda, Bernabé Chávez García.

Argumentó que, de las pruebas aportadas, se concluyó que se privó de la libertad al actor, demeritando la percepción propia y frente a la ciudadana de su imagen y capacidad.

En el estudio de este asunto, el Pleno declaró fundados los agravios hechos valer por el actor respecto a la omisión de la responsable de convocarlo a las sesiones de cabildo, de otorgarle un espacio físico para el desempeño de su cargo, la negativa de proporcionarle copias certificadas de las sesiones de cabildo y de negarle los estados financieros del ayuntamiento.