SCJN anula multas autorizadas en Tehuantepec por pedir limosna en la calle

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Diego Zapata/RIOaxaca

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidos los artículos de la Ley de Ingresos de Tehuantepec, Oaxaca, en los que se establecía una multa por mendicidad (acción de pedir limosna en las calles).

Está multa autorizada por la edil Vilma Martinez Cortés, fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

El ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá consideró que la medida de imponer una multa a la mendicidad impacta en un grupo social que ya está en desventaja.

La mayoría de los magistrados, manifestaron su acuerdo con en proyecto, debido a que la multa administrativa por parte del ayuntamiento de Tehuantepec afecta directamente a un sector desfavorecido socialmente de la población, debido a que la sanción aplicaba directamente en contra de quien pide limosna.

Señalaron que se violaban los principios de proporcionalidad y equidad tributarias, igualdad y no discriminación, taxatividad, acceso al registro de nacimiento, reserva de ley y legalidad tributaria, entre otros.

Así mismo se invalidó un artículo de la misma Ley, en la que se establecía una multa a la persona que teniendo bajo su cargo la guarda o custodia de un “enfermo mental”, lo deje deambular libremente en la vía pública.

Así como la aplicación de una sanción económica por proferir injurias en espectáculos y lugares públicos.