Declara SCJN constitucionalidad de la ley que restringe a violentadores de mujeres y deudores de pensión alimenticia llegar a puestos de gobierno

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la “Ley 3 de 3 contra la violencia de género”, la cual impide a violentadores, agresores sexuales de mujeres y deudores de pensión alimenticia ocupar cargos en el servicio público.

Cony Rueda, diputada de morena que impulsa esta reforma en Oaxaca, informó en sus redes sociales sobre el fallo:

“Quedó claro que no se atenta contra los Derechos Humanos porque cada estado tiene la responsabilidad de construir  una sociedad más cívica, respetuosa, justa y ética”.

La resolución de la SCJN se dio luego que esta ley fuera aprobada en el estado de Nuevo León en donde la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió la declaratoria de inconstitucional, la cual fue declarado infundado por las y los ministros.

“Los estados cuentan con libre configuración legislativa para procurar un perfil ideal de servidores públicos, el Congreso de Nuevo León está procurando establecer una sociedad más cívica, cumplida y respetuosa de las mujeres y de sus propias familias”, señaló la ministra ponente Ana Margarita Ríos Farjat.

Cony Rueda expresó que no existe impedimento alguno para que las y los diputados de Oaxaca aprueben estas mismas reformas, que el año pasado propuso junto a feministas y colectivas.

 
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