Modifica TEEO requisitos del padrón electoral para asamblea electiva de Cosoltepec

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El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) modificó los requisitos del padrón electoral a utilizarse en la asamblea general electiva del municipio de Cosoltepec, para que atiendan a todas las personas de 60 años y más.

Mediante la resolución de los expedientes con claves JDCI/229/2022  y JDCI/230/2022; por mayoría de votos, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional declaró fundados los agravios hechos valer por una ciudadana de esa comunidad, respecto a la omisión de dictar medidas eficaces que garanticen la participación de las personas adultas mayores.

Argumentó que, del análisis de este asunto con perspectiva de intercultural, se advirtió que únicamente se tomaron 2 de los 5 requisitos para conformar el padrón electoral, lo que situó a los adultos mayores en una iniquidad de circunstancias con la generalidad, a partir de las consecuencias lógicas y naturales de la vejez.

Esta sentencia aclaró que se inaplica, por única ocasión, los restantes 3 requisitos de la convocatoria, reconociendo la facultad de la asamblea general comunitaria de regular o establecer adicionales, ello atendiendo a los derechos humanos, a la Constitución general, a la estatal y a los propios estatutos comunitarios.