Determina TEEO que no tiene competencia, en razón de materia, en juicio de Teotitlán 

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El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó que no tiene competencia, en razón de materia, para conocer las impugnaciones presentadas por las y los integrantes del Ayuntamiento de Teotitlán del Valle en contra de ex concejales de esa comunidad, que realizan actos de autoridad.

En la resolución del juicio de la ciudadanía con clave JDC/736/2022, argumentó que los medios impugnativos en materia electoral, están encaminados a combatir actos o resoluciones emitidos por autoridades, que trastoquen los derechos político-electorales de las personas.

La magistrada presidenta, el magistrado y la coordinadora de estudio y cuenta en funciones de magistrada; por unanimidad, determinaron que las personas denunciadas, al día de hoy, no ostentan cargo de autoridad alguno.

Los actores expusieron que, en la asamblea, del 29 de septiembre de 2021, que es el máximo órgano de autoridad comunitario, determinó destituir al entonces presidente municipal, así como aceptar y aprobar las renuncias de los otrora Síndico Municipal y Regidor de Hacienda.

Denunciaron que, los concejales destituidos continuaron ostentándose como integrantes del Ayuntamiento y realizando actos de autoridad en ese sentido.

Por lo otro lado, esta sentencia tuvo por actualizada la causal de improcedencia respecto a la cancelación por parte de la SEGEGO de las acreditaciones de los actores en este juicio, ya que se presentó fuera del plazo de cuatro días que al efecto establece la Ley de Medios de Impugnación.