Clausura PROFEPA obras por ilegal cambio de uso de suelo en la ciudad capital

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Oaxaca de Juárez. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró obras y actividades de cambio de uso del suelo de terrenos forestales en el paraje conocido como “Cañada del Cedro”, en el Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, por no contar con autorización de Cambio de Uso de Suelo emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Durante inspección realizada en las coordenadas UTM DATUM WGS84 14P X741928, Y1894274, el pasado 7 de noviembre de 2017,  personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad observó afectación de vegetación natural en una superficie de  8,781 m2.

Las especies que se vieron dañadas fueron: Encino Prieto o Encino Redondo (Quercus glaucoides), Copal (Bursera bipinnata), Cazahuate (Ipomoea murucoides), entre otras, que corresponden a vegetación característica de bosque de encino con interacción de vegetación de selva baja caducifolia.

Las obras y actividades localizadas al momento de la visita de inspección, consisten en una red de caminos y dos áreas afectadas: un camino o brecha principal  de 2,040 m2, y área denominada parte 1 de 235 m2; así como nueve caminos secundarios o ramales que suman 4,440 m2 y el área denominada parte 2 con 2,066 m2; la totalidad de los caminos se encuentran nivelados y rastreados, sin obras de drenaje como alcantarillas o cunetas.

Por lo anterior, se impuso la CLAUSURA TEMPORAL TOTAL de las actividades y obras, ya que el inspeccionado no acreditó contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terreno forestal para construcción, operación y mantenimiento de dichas obras.

Cabe señalar que la clausura se mantendrá hasta en tanto el inspeccionado no acredite contar con los permisos que emite la SEMARNAT para tales fines.

De acuerdo al Artículo 165, Fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), el cambio de la utilización de los terrenos forestales sin contar con la autorización correspondiente, es una infracción que puede ser sancionada con una multa equivalente de 100 a 20 mil Unidades de Medida y Actualización vigente.

Asimismo, el Artículo 418, Fracción III, del Código Penal Federal establece que se impondrá pena de 6 meses a 9 años de prisión y por equivalencia de 100 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización al que ilícitamente cambie el uso del suelo forestal.

La  PROFEPA continuará realizando este tipo de acciones para el cumplimiento de las determinaciones impuestas y con ello garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano.