Se amplía el plazo para resolver sobre la solicitud de registro de un nuevo partido político

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En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, Organismo Público Local Electoral de Oaxaca, determinó ampliar por treinta días el plazo para emitir la resolución correspondiente a la solicitud de registro de la Organización Estatal de Ciudadanos denominada “Consejo Indígena del Sureste A.C.”, como partido político local bajo la denominación “Renovación Social”, teniendo como fecha límite el 11 de marzo de 2015.

Y es que de acuerdo con las y los consejeros electorales, el plazo solicitado se apega a lo estipulado en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO); la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Oaxaca.

El Consejero Presidente del órgano electoral, Gustavo Meixueiro Nájera, puntualizó que no hay un nuevo partido político, lo que hay es una organización que pretende constituirse como partido político y que argumentan cumplir con los requisitos que el Código Electoral local establece.

En este sentido, el acuerdo aprobado permitirá al Consejo General, examinar y analizar el cumplimiento de los requisitos correspondientes, “en observancia y respeto de los derechos político-electorales de la organización de ciudadanos que han solicitado su registro como partido político local, con estricto apego a los principios rectores que rigen las actuaciones de las autoridades electorales”, explicó.

De igual forma, manifestó, se asegura a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales, se vigila el cumplimiento de sus obligaciones y se fortalece el régimen de partidos políticos.

El Consejo General se encargará de velar que todos los actos en materia electoral se sujeten a los principios, valores y bienes protegidos constitucionalmente, afirmó.

De esta manera se resolverá lo conducente en forma debidamente fundada y motivada de conformidad con lo establecido por el Código Electoral vigente en el Estado.

Meixueiro Nájera, destacó que en tanto el órgano no concluya el análisis correspondiente de la documentación presentada por las asociaciones que pretendan constituirse como partido político, no se puede declarar el registro de un nuevo instituto político y el IEEPC-OPLEO, será garante del cumplimiento de las disposiciones y principios constitucionales y legales en materia electoral.