Agiliza acción de ley implementación del nuevo sistema en la Cuenca

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A siete meses de haber iniciado la aplicación del nuevo Sistema Acusatorio en la región de la Cuenca, el Procurador General de Justicia del Estado, Joaquín Carrillo Ruíz, consideró que el trabajo en la materia es un gran logro por la agilidad que implican estos procesos; el reciente juicio oral ganado por la Procuraduría Estatal al lograr vincular a proceso a un responsable del delito de trata en agravio de una menor, y el de un multi homicida condenado a 210 años de prisión, son muestra de ello.

210 años de prisión y casi 1 mdp por reparación del daño para indiciado

La Subprocuraduría regional de Justicia de la Cuenca obtuvo sentencia ejemplar de 210 años de prisión contra Renato Coto Sapo, ubicado como responsable de la comisión del delito de homicidio calificado con premeditación, alevosía y ventaja en agravio de ocho personas que en vida respondieron a los nombres de: Ciriaco Córdoba Segundo, de 27 años, Isaí Herrera Mojica, de 27, Humberto Córdoba Segundo, de 21, Gustavo Hernández Torres, de 19, Alberto Rivadeneyra Vera, de 26, Pedro Luis García Segundo, de 31, José Segundo Lozano de 38, y. Genaro Segundo Cortez de 16 años de edad, quienes que se encontraban atados de los pies y encimados uno sobre de otro.

HECHOS:

Siendo aproximadamente las 21:00 horas del 15 de agosto del 2010, sobre un camino de terracería que conduce a los sembradíos de piña a la altura del Ejido de Tierra Alta, a 8 kilómetros de Loma Bonita, Oaxaca, cuando los ofendidos se dirigían a dicha comunidad a cazar conejos a bordo de una camioneta marca Chevrolet, tipo Silverado Pick up, fueron interceptados por una camioneta roja de batea, en la que venían los indiciados, quienes los enfocaron con los faros.

Las victimas se introdujeron por un potrero, en unos cañaverales donde se quedaron aproximadamente 15 minutos cazando conejos, pero al regresar, salieron de entre los cañales tres sujetos jóvenes armados con escopetas, y en ese momento llegaron otros indiciados, quienes dispararon a los ahora occisos y los privaron de la vida.

En el lugar fueron localizados ocho cuerpos sin vida, se encontraban en la batea de la camioneta marca Chevrolet sin placas de circulación; presentaban impactos de bala en diversas partes del cuerpo y en la cabeza, fueron localizados 4 cartuchos útiles calibre 30 y 22. 3 casquillos percutidos calibre 12 y 16; 3 escopetas calibre 16 y 22, un cartucho útil calibre 22 y una resortera.

Al lugar de los hechos se trasladó el Agente del Ministerio Público de Loma Bonita, Oaxaca, quien dio fe de los cuerpos sin vida, los cuales fueron identificados por sus familiares.

Realizadas todas las indagatorias necesarias, el 15 de septiembre del 2010, el Representante Social consignó la averiguación previa al Juzgado Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de esa ciudad, ejercitando acción penal en contra de uno de los indiciados, en consecuencia, el ciudadano Juez Segundo de lo Penal, dio inicio a la causa penal número 155/2010 y con fecha 15 de Octubre del mismo año, obsequió la orden de aprehensión solicitada.

PROCESO:

El 04 de noviembre del 2010, se dio cumplimiento a dicha orden de aprehensión, por lo que respecta al indiciado Renato Coto Sapo, quien fue detenido en la ciudad de San Andrés Tuxtla, Veracruz y puesto a disposición del Juez de la causa, mismo que dictó en su contra el correspondiente auto de formal prisión. El inconforme interpuso el recurso de apelación en contra del auto dictado en su contra, auto que fue confirmado, por lo que se desarrolló el proceso y una vez que se desahogaron cada una de las pruebas, y se cerró la instrucción; la Representación Social formuló sus acusaciones.

El 27 de marzo del 2014 se procedió a dictar sentencia en contra del acusado RENATO COTO SAPO o RENATO COTO ZAPO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACIÓN, ALEVOSÍA Y VENTAJA, cometido en agravio de quienes en vida respondieron a los nombres de JOSE SEGUNDO LOZANO, ALBERTO RIVADENEYRA VERA, GUSTAVO HERNÁNDEZ TORRES, HUMBERTO CÓRDOBA SEGUNDO, CIRIACO CÓRDOBA SEGUNDO, GENARO SEGUNDO CORTES, PEDRO LUIS GARCIA SEGUNDO e ISAÍ HERRERA MOJICA, por lo que el Juez dictó sentencia.

SENTENCIA:

En lo que corresponde a la REPARACIÓN DEL DAÑO, el pago de $86,000,062.00 por reparación del daño por el delito cometido en agravio de la persona que en vida respondió al nombre de GENARO SEGUNDO CORTES; así como al pago de $129,000.093,00 en concepto de reparación del daño para cada una de las personas que en vida respondieron al nombre de JOSE SEGUNDO LOZANO, ALBERTO RIVADENEYRA VERA, GUSTAVO HERNÁNDEZ TORRES, HUMBERTO CÓRDOBA SEGUNDO, CIRIACO CÓRDOBA SEGUNDO, PEDRO LUIS GARCIA SEGUNDO e ISAÍ HERRERA MOJICA, importes que suman un total de $989,719 NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS, cantidad que debió exhibir ante el Juzgado requirente dentro del término de cinco días siguientes al que cause ejecutoria la sentencia aludida.

En lo que corresponde a la individualización de la pena se condenó al enjuiciado RENATO COTO SAPO o RENATO COTO ZAPO, a una pena de TREINTA Y CINCO AÑOS DE PRISION, POR LA PRIVACION DE LA VIDA DE LAS PERSONAS QUE RESPONDIERON AL NOMBRE DE JOSE SEGUNDO LOZANO, ALBERTO RIVADENEYRA VERA, GUSTAVO HERNÁNDEZ TORRES, HUMBERTO CÓRDOBA SEGUNDO, CIRIACO CÓRDOBA SEGUNDO, GENARO SEGUNDO CORTES, PEDRO LUIS GARCIA SEGUNDO e ISAÍ HERRERA MOJICA, haciendo un total de DOSCIENTOS OCHENTA AÑOS DE PRISION, sin embargo, en atención la suma de penas con motivo de concurso real de delitos, no puede exceder del doble de los máximos a que se contrae el Titulo Tercero del Libro Primero del Código Punitivo Estatal, por lo que se ajusta la pena a dichos ordenamientos jurídicos, a la pena total de DOSCIENTOS DIEZ AÑOS DE PRISION.