Profeco advierte de aumentos injustificados de precios

0
265

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió que no tolerará, so pretexto de la reforma hacendaria, aumentó de precios -salvo en los casos que efectivamente se trate de la aplicación de un impuesto-, ni permitirá que se manipule la información en perjuicio de los consumidores.

La medida inmediata que la Profeco realizó fue un requerimiento para que todos los establecimientos comerciales eliminen a la brevedad carteles de este tipo.

En caso de informar a los consumidores de los ajustes en los precios, no se deberán utilizar frases genéricas o engañosas, omitir información y generalizar los aumentos, y serán sancionadas con multas de hasta 3.6 millones de pesos.

Como parte de la estrategia que implementó durante este mes para evitar abusos y violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, personal de verificación inició la supervisión y sanción para impedir el alza de precios en tiendas de autoservicio, departamentales y de conveniencia.

En un comunicado la Profeco precisó que como resultado de este operativo, se encontraron diversos carteles con información incorrecta sobre aumentos injustificados de precios en perjuicio de la economía familiar.

Ante esta situación, la medida inmediata que la Profeco realizó fue un requerimiento para que todos los establecimientos comerciales eliminen a la brevedad carteles de este tipo.

Dijo que más que orientar al público consumidor, lo confunden al contar con información falsa o errónea.

La Profeco destacó que dentro de las imprecisiones y falsedades que actualmente incluyen los establecimientos comerciales en los carteles mencionados, se encuentran las siguientes:

Información falsa contenida en el cartel: “El 1 de enero se actualizarán los precios de los productos con el nuevo impuesto, y que ello aplica a toda la tienda (electrónica, hogar, papelería, ferretería, etcétera)”.

Al respecto, la Profeco hace la siguiente observación: La reforma no afecta los precios de todos los productos.

Los ajustes en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Especial sobre Productos y Servicios (IEPS) de bebidas saborizadas y el de alimentos con alto contenido calórico son ajustes focalizados que no aplican a todos los productos.

En cuanto al cartel “Alimentos de alto contenido calórico aplicará una tasa de 8.0 por ciento”, la Profeco aclaró que se omite señalar que existe una serie de bienes básicos con alto contenido calórico que están exentos del gravamen.

Sobre información falsa contenida en el cartel: “Bebidas alcohólicas y cervezas. Se señalan las tasas de IEPS respectivas”, la procuraduría aclara que no se está incrementando la tasa del IEPS de forma genérica con respecto a la que aplicaba en 2013, por lo cual no tendría que verse ningún incremento en los precios de estos productos.

En particular, no hay cambios con respecto a lo observado en 2013 en el IEPS de cervezas, ni de bebidas con más de 14 grados de alcohol.

Sobre los “Aumentos en general en abarrotes comestibles”, refiere que el nuevo IEPS para alimentos con alto contenido calórico no aplica de forma generalizada a todos los abarrotes comestibles.

Incluso señala que al interior de la categoría de alimentos con alto contenido calórico existen algunos alimentos básicos que están exentos del impuesto, como algunas variedades de sopa instantánea que se contenían en algún cartel detectado.

Asimismo hizo la observación sobre los “aumentos en general en agua saborizada, isotónicos, jugos, leche saborizada, bebidas, refrescos”, pues dijo que si bien a algunas presentaciones de bebidas saborizadas se les aplicará el IEPS, es solamente si se encuentran endulzadas con azúcar.

Las presentaciones con otros saborizantes, y en particular las bebidas de dieta, no se encuentran afectadas. En ningún caso queda la leche gravada por el IEPS a bebidas saborizadas.

En cuanto a la información falsa contenida en el cartel: “Ajustes en general a productos de higiene y hogar”, refirió que la categoría de higiene y hogar no se les aplicando ningún impuesto adicional como un todo. Sólo se estableció un IEPS a los plaguicidas que depende de la toxicidad del mismo.

También dijo que es inexacto el supuesto de que a los Chicles se les aplicará una tasa de 16.0 por ciento de IVA, más el IEPS de 8.0 por ciento, ante alto contenido calórico.

La Profeco dijo que también se detectaron frases genéricas que confunden al usuario del servicio de transporte público de personas. En particular, los servicios de transporte prestados en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas continúan estando exentos del pago del IVA de 16 por ciento.

La institución dejó en claro que es obligación de todos los proveedores proporcionar información clara, veraz y comprobable y reiteró que en caso de querer informar a los consumidores los ajustes en los precios no se deberán utilizar frases genéricas, omitir información y generalizar los aumentos, so pena de ser sancionados con multas de hasta 3.6 millones de pesos.

La dependencia destacó que estará atenta y utilizará todas las herramientas que la Ley Federal de Protección al Consumidor le otorga para proteger los derechos de los consumidores y defender así la economía familiar.

Detalló que con la finalidad de que el público consumidor cuente con mayor información para defender sus derechos, evitar posibles abusos y denunciar irregularidades, pone a su disposición el teléfono del Consumidor 55688722 desde la ciudad de México y zona metropolitana. Así como el 018004688722 lada sin costo para el resto del país, en redes sociales @Profeco y en el sitio web institucional.