Saxofonista atacada con ácido acusa al gobernador Murat y al fiscal de Oaxaca de proteger a agresor

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Proceso

Pese a que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 28/2022, la saxofonista María Elena Ríos Ortiz acusó al gobernador Alejandro Murat Hinojosa y al fiscal general de Oaxaca, Arturo Peimbert Calvo de “proteger” a Juan Antonio Vera Hernández autor intelectual de feminicidio en grado de tentativa al ser participe del ataque con ácido perpetrado el 9 de septiembre de 2019.

La artista mixteca quien sufrió graves quemaduras en cara y cuerpo, luego de ser rociada con ácido sulfúrico por órdenes del exdiputado del PRI, Juan Antonio Vera Carrizal y su hijo Juan Antonio Vera Hernández, mandó un mensaje en su cuenta de Twitter al gobierno de Murat Hinojosa y al Fiscal Peimbert Calvo:

“¡Hoy se cumplen 30 meses, 2 años y medio desde que intentaron matarme con ácido 09/09/19 – 09/03/22 Juan Antonio “N” sigue libre. #MiAgresorSigueLibre #ElJuniorSigueLibre @GobOax @PeimbertArturo dejen de proteger a su amigo mi agresor!”.

Luego de participar en la marcha por el Día Internacional de la Mujer y de regresar a los escenarios en el concierto de la Banda Femenil Regional Mujeres de Viento Florido donde externó “no hay palabras, me siento libre”, recordó:

La @CNDH emitió la #Recomendación 28/2022 al @GobOax y a la @FISCALIA_GobOax Por violencia institucional y vulnerar el acceso a la justicia del intento de feminicidio con ácido que viví, misma que deben cumplir desde #hoy!”.

Cabe mencionar que el pasado 04 de marzo, la CNDH emitió una recomendación al gobernador y al fiscal por violencia institucional y vulnerar el acceso a la justicia de una mujer que fue agredida con ácido, en Huajuapan de León”.

La CNDH considera que “se vulneró la obligación de atender, investigar y sancionar la violencia ejercida contra las mujeres, por parte de por lo menos 17 personas servidoras públicas del gobierno local y de la Fiscalía General del Estado”.

Murat y Peimbert incumplieron su obligación de atender e investigar la violencia contra las mujeres, y por vulnerar el acceso a la justicia en la modalidad de procuración con perspectiva de género, en agravio de una mujer que fue atacada con ácido en la ciudad de Huajuapan de León, Oaxaca, así como de sus familiares, víctimas indirectas del ataque y que fueron revictimizadas durante el desarrollo de las investigaciones judiciales para esclarecer la agresión.

Mencionó que el 21 de febrero del 2020, la CNDH acordó atraer el caso que se encontraba en estudio de la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Oaxaca y por el cual la FGE integró tres carpetas de investigación: la primera inicialmente por el delito de lesiones calificadas, pero reclasificado a feminicidio en grado de tentativa; la segunda, promovida por la víctima por delitos contra la intimidad sexual y; la tercera, por tráfico de influencias y por el delito de concusión, que se refiere a la exigencia de pagos y beneficios extra legales por parte de servidores públicos.

Con la información y evidencias contenidas en el expediente, la CNDH pudo constatar que las violaciones a los derechos humanos se desencadenaron a partir de un ataque con ácido, como forma de violencia física derivada de una relación afectiva en la que la víctima señaló como responsable intelectual a su expareja, como se desprende de las declaraciones ministeriales en las que se relatan diversidad de actos de violencia por parte de la persona señalada.

Considera relevante que, cuando sucedieron tanto la agresión con ácido, como las respuestas y omisiones de las autoridades, ocurrieron en el marco de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), que se encuentra activada en el estado de Oaxaca desde el 30 de agosto de 2018 por violencia feminicida, y que en dicha declaratoria, se consideró a la ciudad de Huajuapan entre las localidades que requerían la implementación de acciones de emergencia.

No obstante, hay incumplimiento del gobierno de la entidad sobre las medidas recomendadas en el decreto de la alerta de género, que tiene la finalidad de crear mecanismos eficientes para investigar y sancionar a las autoridades que no realizan su obligación de protección a las mujeres. Tampoco se comprobaron referencias de que el estado de alerta de género se haya considerado como elemento indispensable en la investigación del caso, ni en el contexto de la agresión perpetrada.

Mencionó que el gobierno estatal y de la FGE de Oaxaca atendió el caso solo después de que la víctima y sus familiares lograron la atención de la prensa y se publicaron notas periodísticas sobre su caso.

La CNDH resaltó que la Fiscalía General y el gobierno del estado de Oaxaca presentaron información incompleta o negaron de manera reiterada su plena colaboración, con lo que se obstaculizó la investigación, por lo que las autoridades señaladas incurrieron en responsabilidad al incumplir sus funciones con apego al marco legal que protege los derechos humanos y regula la función de los servidores públicos, y confirma que ambas entidades incurrieron en responsabilidad institucional, faltando a la misión que les fue encomendada, en agravio de personas que forman parte de su comunidad.

Por tales omisiones, la CNDH pide al gobernador de Oaxaca y al fiscal general de la entidad que procedan a la inmediata reparación del daño ocasionado a la víctima y a sus familiares en los términos y condiciones que establece la Ley General de Víctimas, y que se les proporcione la atención médica y psicológica que requieran, de manera continua hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional o el máximo beneficio en su salud, atendiendo a su edad, sexo y necesidades.

Además, pide el reconocimiento de la responsabilidad y ofrecer una disculpa pública a las víctimas.

Recomendó al gobernador realizar de manera inmediata una campaña de promoción y difusión de los derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género en toda la entidad, con duración de al menos un año, y que se realicen las gestiones necesarias para dar cumplimiento a las Recomendaciones Generales 40/2019, sobre violencia feminicida y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en México; y la 43/2020, sobre violación al acceso a la justicia e insuficiencia en la aplicación de políticas públicas en la prevención, atención, sanación y reparación integral del daño a personas víctimas directas e indirectas de feminicidios y otras violencias, emitidas por esta Comisión Nacional.

Y al fiscal le solicita que se realice las gestiones necesarias para crear la Unidad de Análisis de contexto, que investigue las circunstancias en cada uno de los casos de feminicidio, homicidio doloso y desaparición de niñas, mujeres y adolescentes, y que se destinen para sus funciones instalaciones adecuadas, personal capacitado en perspectiva de género y recursos para comenzar a operar.