Infidelidad no es delito: Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Virgilio Sánchez/RIOaxaca

Oaxaca de Juárez. La infidelidad no es un hecho ilícito, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Primera Sala de este máximo tribunal determinó que, en consecuencia, por estos actos no se puede exigir al cónyuge autor del acto a pagar una indemnización económica a su pareja, bajo el argumento de daño moral.

“La conducta de infidelidad sexual en el matrimonio trae aparejada la asunción de la consecuencia jurídica de la eventual disolución del vínculo, pero no es susceptible de un reproche bajo las reglas de la responsabilidad civil para dar lugar a una condena económica por el posible daño a los sentimientos y afectos del cónyuge ofendido”, expuso.

En la resolución del amparo directo en revisión 183/2017, la Ministra Norma Lucía Piña Hernández argumentó que el comportamiento sexual en el matrimonio es una cuestión de carácter personalísimo.
Por ende, expuso, el control estatal necesariamente se ve limitado en cuanto a la imposición de consecuencias jurídicas distintas a la disolución del vínculo matrimonial.