Declara Juez federal la inexistencia de la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema anticorrupción; lo acusan de intransigente

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Eulalia Rocha/RIOaxaca.

Oaxaca de Juárez, Oax.- El Juez Octavo de Distrito determinó que no existe la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana, porque no localizó sus oficinas.

El Actuario de este Juzgado informó que no pudo notificar a esta Comisión, respecto del juicio de amparo presentado por Uriel Pérez García, en su contra por la designación de integrantes del Comité de Participación Ciudadana y del artículo 16 de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; dado que el domicilio proporcionado no corresponde.

En consecuencia, se declaró la “inexistencia de esta autoridad”, según consta en las actas del expediente 164/2018.

Pérez García afirmó que el Juez federal incurre en una intransigencia, puesto que no se puede declarar la inexistencia de una autoridad por no poder notificar a los sujetos, en este caso a integrantes de la Comisión de Selección, sin antes agotar todas las medidas previstas en la propia Ley.

Y es que de acuerdo a la Ley de Amparo, añadió, los sujetos que interponen un juicio en contra de una autoridad, no están obligados a otorgar el domicilio de la misma, pues se entiende que “tienen domicilio conocido”, por lo que corresponde a las autoridades buscar los medios necesarios para llevar a cabo las notificaciones.

Sin embargo, en este caso, explicó el ex consejero del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca , las autoridades están dando por hecho que no existen, sin siquiera buscarlos; lo que implica que al “declarar inexistente a la comisión de selección, declara inexistente al Comité de Participación Ciudadana, y al mismo Sistema anticorrupción en el que está integrado este órgano”.

En este sentido, refirió que presentó un recurso legal para que el juez rectifique y se realicen las notificaciones y continué el juicio de amparo que presentó el pasado 9 de febrero en contra de la Comisión de selección del Comité de Participación Ciudadano, por diversas irregularidades y por trasgredir la paridad de género en la conformación de ese órgano.