Abusa de una niña, alega “ignorancia”… y lo liberan

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La determinación de otorgar la “liberación inmediata” a Orozco Cantica se basa en el argumento de que este hombre, de 24 años, presenta “escaso desarrollo cultural y suma ignorancia”, razón por la cual no sabía que “tomar como su mujer a una niña era un delito”, tal como señala la sentencia en su favor, emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal, del Segundo Circuito con sede en Toluca.

“En 2011, este sujeto sacó a la niña de Baja California Sur, en una edad en la que todavía estaba para jugar con muñecas, y se la llevó al Estado de México –informó la maestra Teresa Ulloa, directora de la Coalición Contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, que representa legalmente a la menor agredida–. Unos meses después, en enero de 2012, nosotras la rescatamos y promovimos un procedimiento penal en contra del agresor, mismo que concluyó nueve meses después (en septiembre de 2012), gracias a que él mismo se ‘allanó a la acusación’, es decir, aceptó su participación y culpabilidad en los hechos, y esto lo hizo ‘libre y voluntariamente, teniendo claro cuáles son las consecuencias’”, como quedó inscrito en la sentencia emitida entonces.

A cambio de esta confesión, detalló la defensora de los derechos de las mujeres, Roberto Orozco fue sentenciado como culpable por el delito de “violación equiparada”, pero se le concedió la “pena mínima”, que es de 15 años de cárcel.

“Este sujeto apeló esa sentencia –informó Ulloa–, pero el Tribunal de Justicia del Estado de México confirmó que debía pasar al menos 15 años en prisión; sin embargo, luego buscó el amparo de la justicia federal, la cual, finalmente, consideró que por la ‘suma ignorancia’ que presenta el agresor, no se le puede acusar del delito que él mismo confesó y, basados en esto, los magistrados federales que revisaron el caso concluyeron que aquí aplica un concepto legal denominado ‘error invencible de tipo’, es decir, que el tipo penal de violación no aplica, debido a la escasa preparación educativa del violador.”

–¿Esta persona presenta algún tipo de discapacidad mental o intelectual? –se pidió precisar a la abogada.

–No, ninguna.

–¿Es una persona en completo dominio de sus facultades mentales?

–Claro que sí –remarcó la maestra Ulloa–, y tan es así que el sujeto vendía droga, actividad en la que también intentó involucrar a la niña raptada. Debido a eso, nosotras intentamos que este sujeto fuera también juzgado por el delito de trata de personas, pero no fue aceptado y sólo logramos que se le responsabilizara por violación.

Ulloa destacó que, además de alegar ignorancia, Roberto Orozco reclamó su libertad argumentando que la niña –quien entonces tenía 13 años– “consintió” en irse con él, abandonando su núcleo familiar y sus estudios. Sin embargo, subrayó la abogada, la ley no reconoce el consentimiento de los niños y las niñas en estos casos, aquí la ley ordena que debe aplicarse el concepto de “vicio en el consentimiento”, pero en vez de hacer esto, los magistrados federales “pasaron por encima del interés superior de la niña y favorecieron a su agresor”.

La revictimización de esta niña, abundó Ulloa, fue todavía más allá, puesto que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal, del Segundo Circuito con Residencia el Toluca, difundió la identidad de esta menor, a pesar de que la Constitución establece que siempre deben mantenerse bajo reserva los datos personales y de identificación de aquellas víctimas que son menores de edad, o que sufrieron delitos sexuales, trata, secuestro o delincuencia organizada.

“No obstante –denunció la activista–, los magistrados federales del Segundo Tribunal Colegiado Penal de Toluca insistieron en hacer pública la identidad de la niña, alegando que a ello se veían obligados por la Ley Federal de Transparencia, esto, a pesar de que ninguna ley está por encima de la Constitución.”

La menor agredida por Roberto Orozco, lamentó Ulloa, ya había sido reintegrada a su núcleo familiar e, incluso, había retomado sus estudios de nivel secundaria. Sin embargo, debido a la liberación de su agresor, y ante la vulneración de su identidad por parte de los magistrados,esta niña debió nuevamente ser puesta en un programa especial de protección.

“Este martes me presenté a la Suprema Corte de Justicia de la Nación –remató la maestra Ulloa–, donde me hizo el favor de recibirme la ministra Olga Sánchez Cordero, quien no podía creer lo que le estaba contando. Ella prometió revisar la determinación de los jueces de Toluca, y nosotras formalmente solicitamos que la Corte ejerza su facultad de atracción para revisar este amparo, así como la actuación del Segundo Tribunal Colegiado Penal de Toluca, cuyos integrantes evidentemente no saben nada de derechos humanos… o se corrompieron.”