Las 7 condiciones del regulador ambiental para construir Dos Bocas

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Forbes

La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) expidió una autorización condicionada a Petróleos Mexicanos (Pemex) para construir la refinería de Dos Bocas.

El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador prometió que la séptima refinería de nuestro país se construirá con 8,000 millones de dólares (mdd) y estará lista en 2022. Procesará 340,000 barriles diarios de crudo maya de 22 grados API.

El regulador ambiental y la Secretaría de Energía (Sener) tuvieron fricciones previas por la entrega de Manifestación de Impacto Ambiental, pues la ASEA estaba dispuesta a clausurar el inicio de la obra si no se entregaba el documento.

“Hoy ASEA ha expedido la autorización condicionada a favor de Petróleos Mexicanos (el regulado) del proyecto denominado “Construcción de la refinería Dos Bocas” (el proyecto), siguiendo un procedimiento apegado
a derecho y asegurando el acceso a la información y la efectiva participación ciudadana”, comentó ASEA en un comunicado.

A continuación te presentamos las siete condiciones que puso ASEA a Pemex para la construcción de la megaobra más importante del sexenio:

1. Prohibido interrumpir cauces. Como la refinería se construirá cerca de humedales, la desviación de un flujo de escurrimientos, drenes, arroyos, canales o cualquier otro cuerpo de agua. También Pemex deberá mantener a salvo el flujo hidrológico de la zona del manglar en las orillas del río Seco, es decir, no habrá relleno ni dejar bordos ni infraestructura que perturbe el flujo de agua.

2. Reforestación en laguna de Mecoacán coordinadas por el gobierno de Tabasco para compensar las afectaciones por la ejecución del proyecto.

3. Protección de remanentes del manglar del río Seco. Pemex deberá realizar el monitoreo de tasa de cambio del manglar mediante el sistema de monitoreo de manglares, identificando el estado y tendencias de cambio (pérdida, deterioro o recuperación)

En caso de pérdidas o deterioro de la vegetación, la compañía tendrá que identificar las afectaciones y mitigarlas para que siga su tendencia de recuperación.

4. Monitoreo de calidad de agua superficial y subterránea durante la vida del proyecto en el sitio y SAR para detectar desviaciones negativas y mitigar o corregir la situación, además de notificar a la Asea.

5. Rescate de flora. Pemex está obligado a presentar un programa paa proteger la diversidad florística en el área de las especies sensibles y de importancia ecológica, endémica, de difícil regeneración y aquellas que contribuyan a la conservación de suelos o protegidas por la NOM-059-Semarnat-2010.

6. Rescate de fauna. La petrolera deberá implementar un programa de ahuyentamiento, rescate y reubicación en el área del proyecto con énfasis en las especies incluidas en la NOM-059-Semarnat-2010, además de las de baja o lenta movilidad.

7. Monitoreo del calentamiento global. La petrolera estará obligada a presentar un programa de monitor de variables de vulnerabilidad al cambio climático para identificar zonas, instalaciones o equipos susceptibles a fenómenos hidrometeorológicos extremos y fenómenos derivados del calentamiento global, como inundaciones, huracanes, erosión costera e incremento del nivel del mar.