Insólito amparo de la Corte para indígena de Oaxaca

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La Jornada.

En una decisión sin precedente, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un indígena de Oaxaca que demandó al presidente de la República por su omisión al no cumplir con su obligación de traducir a la lengua mixe, la exposición de motivos y la reforma constitucional de 2001 sobre derechos y cultura indígena.

Por unanimidad, los ministros ordenaron al Ejecutivo federal para que, por conducto del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, “cumpla la obligación de disponer la traducción del texto íntegro de la exposición de motivos y del decreto de reforma constitucional, además de que deberá difundirlo en las comunidades indígenas en las que se habla dicha lengua.

La sala amparó a Zerafín Reyes López, quien presentó el recurso 192/2016 en el que argumentó que el gobierno federal se había obligado en la citada reforma a traducir a las lenguas indígenas, el contenido de la reforma, la cual tuvo como propósito establecer que México es producto de la unión de pueblos y culturas diferentes y que su mayor riqueza es “la diversidad cultural”.

Además de que dicha reforma tuvo como propósito atender la situación jurídica de los pueblos indígenas que es todavía “profundamente insatisfactoria”, además de que su situación social es “motivo de honda preocupación nacional”. Razón por la que se modificó el artículo cuarto constitucional con el propósito de buscar la inserción plena de los pueblos indígenas en el Estado Mexicano, “garantizando que sean sujetos de su propio desarrollo y tengan plena participación en las decisiones del país”.

En este sentido, señaló que si la reforma tuvo como propósito la inserción plena de los pueblos indígenas y se acreditó que no se tradujo la citada reforma a la lengua mixe, resulta que se violaron los derechos constitucionales de esa comunidad.