Acciones de inconstitucionalidad podrán tomar en cuenta derechos consagrados en tratados internacionales

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El Pleno de la Cámara de Diputados avaló por votación unánime de 419 a favor, modificaciones a la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional, a fin de que en acciones de inconstitucionalidad, se tomen en cuenta los derechos consagrados en la Carta Magna y también en tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Los cambios turnados al Senado de la República para continuar con el proceso parlamentario, indican que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), también podrá fundar declaraciones de invalidez de normas, por violación a los derechos que incluyan los instrumentos internacionales adoptados por México, sin necesidad que el escrito inicial lo señale expresamente.

Al avalar las modificaciones, los diputados argumentaron que hacia falta armonizar las leyes secundarias, a la reforma del 2011 en materia de derechos humanos y establecer que la Comisión Nacional en la materia, podrá promover acciones de inconstitucionalidad, contra leyes federales, locales y tratados internacionales firmados por el país, que representen violación a derechos.

Al respecto, el diputado presidente de la Comisión de Justicia de San Lázaro, Fidel Pacheco, manifestó que el objetivo de los ajustes, es proteger los derechos humanos de manera integral.

El vicecoordinador de la bancada del Partido Nueva Alianza (PANAL), René Fujiwara, señaló que toda norma que represente un avance en la protección de derechos humanos es aceptable, pero expresó reservas en cuanto a que “en este momento es contrario al texto constitucional y al criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Ello, abundó, porque ninguna ley reglamentaria puede estar por encima de la constitucional.

En tanto, el diputado del Partido Verde (PVEM), Antonio Cuéllar señaló que la Corte debe realizar la tarea de tribunal de control constitucional que le corresponde, sin cargar con responsabilidades que el tocan al Congreso, como avalar leyes y tratados internacionales.

A su vez, la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Elena Tapia, indicó que la reforma en derechos humanos del 2011, permitió avanzar en la adecuación del orden jurídico del país con los tratados internacionales que hasta el momento, eran considerados por la Corte como normas “intermedias”, ubicadas entre la Constitución y las leyes generales.

Indicó que al modificar las reglamentarias, las acciones de inconstitucionalidad podrán proceder por la violación a disposiciones de tratados internacionales firmados por México.

“Con ello se asienta claramente una pauta para la integración entre los sistemas jurídicos de derechos humanos y se asigna al juez la obligación de conocer y utilizar los instrumentos internacionales en la protección de los derechos constitucionales”, dijo.

Asimismo, el líder parlamentario del Movimiento Ciudadano (MC), Ricardo Monreal señaló que cuando la Corte facultó a los tribunales civiles a juzgar casos de violación a derechos humanos, se vivió un avance.

No obstante, recordó que con una de las últimas resoluciones de los ministros, en cuanto a que los tratados internacionales no pueden estar por encima de la Carta Magna, aunque se trate de asuntos de derechos humanos, se registró un retroceso.

Ante esa decisión, la adecuación de los reglamentos del artículo 105, dijo Monreal Ávila, resulta limitada.