El día en que un ciudadano descubrió que levantar una multa de tránsito puede durar dos minutos… y la justicia, casi dos años

Hay días que comienzan como cualquier otro.

Un ciudadano llevó a su madre, una adulta mayor, a una consulta médica en la colonia Reforma, de la ciudad de Oaxaca de Juárez.

Buscó un lugar para estacionar su vehículo y encontró un espacio disponible sobre la vía pública. Observó a su alrededor y no había señal alguna que indicara que estuviera prohibido estacionarse.

Cerró su automóvil, tomó del brazo a su madre y entraron al consultorio, convencidos de que, al salir, regresarían a casa sin mayor preocupación.

Menos de una hora después, aquella tarde tranquila había cambiado por completo.

Al regresar, se encontraron con una patrulla de la Policía Vial Municipal del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez. Un agente ya estaba elaborando la infracción y, al mismo tiempo, una grúa comenzaba a enganchar el vehículo para trasladarlo al corralón.

El ciudadano intentó hablar con el agente de la Policía Vial Municipal. Quiso explicar que no existía señalización visible; quiso preguntar cuál era la razón de la infracción; quiso evitar que su automóvil fuera retirado, puesto que venía con su madre, quien, al ser una adulta mayor, tiene ciertas dificultades para desplazarse.

No hubo oportunidad de explicar nada. Mientras el ciudadano intentaba hablar con el agente vial municipal, la grúa ya levantaba el automóvil. La decisión estaba tomada antes de que pudiera decir una sola palabra. En ese instante comprendió que ya nadie estaba dispuesto a escucharlo.

Su mayor preocupación dejó de ser la multa. Miró a su madre, una mujer de edad avanzada que acababa de salir de consulta. Ahora tendría que trasladarla hasta un corralón ubicado a varios kilómetros, resolver trámites y buscar la forma de regresar a casa.

Lo que siguió fue una cadena de gastos y molestias que muchas personas conocen demasiado bien: pagar la multa, pagar el servicio de arrastre, trasladarse hasta el corralón, ubicado lejos de su lugar de trabajo, perder horas y horas entre oficinas y trámites, reorganizar sus actividades y asumir un costo económico que no tenían previsto.

El ciudadano no pagó la multa porque aceptara haber cometido una infracción. Pagó porque era la única manera de recuperar su automóvil.

Para muchas personas, ahí termina la historia: se paga, se protesta, se hace coraje y se continúa con la vida.

Porque existe una idea profundamente arraigada: “Contra la autoridad no se puede hacer nada”.

Pero esa idea no siempre es correcta.

Cuando este ciudadano acudió a nuestro despacho, revisamos cuidadosamente el asunto y advertimos que existían elementos para cuestionar la legalidad de la actuación de la autoridad municipal.

La ley no solo otorga facultades a las autoridades; también les impone obligaciones y límites. Cuando una sanción administrativa, como una multa, afecta el patrimonio de una persona, debe cumplir con los requisitos que establece el orden jurídico. La actuación de la administración pública, ya sea municipal, estatal o federal, está sujeta al principio de legalidad.

En un Estado de derecho, ninguna autoridad puede actuar únicamente porque tiene poder para hacerlo. Cada acto que afecta el patrimonio de un ciudadano debe estar fundado y motivado conforme a la ley.

Por esta razón promovimos un juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca. El proceso no fue rápido; no tomó días, no tomó semanas: tomó meses.

Finalmente, el Tribunal resolvió a favor del ciudadano y declaró la nulidad de la multa impugnada. Como consecuencia, las cantidades que se habían pagado indebidamente fueron devueltas al ciudadano por conducto de la Tesorería del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez.

Aquel ciudadano recuperó el dinero que había pagado indebidamente. Pero la verdadera victoria no fue económica. Fue demostrar que la autoridad también debe responder por sus actos cuando actúa fuera de la ley.

En México solemos repetir una frase que parece incuestionable: “Contra la autoridad no se puede”.

Quizá sea momento de cambiarla por otra: contra la arbitrariedad, sí se puede. Y el derecho existe precisamente para demostrarlo.

Demostrar que las decisiones de la autoridad también pueden ser revisadas por los tribunales y que los ciudadanos no están obligados a aceptar cualquier sanción de la autoridad municipal, estatal o federal como si fuera definitiva.

El Estado de derecho existe precisamente para eso: para recordar a los ciudadanos que el ejercicio de la autoridad tiene límites y que esos límites los establece la ley.

Cada expediente tiene personas detrás; personas que pierden tiempo, dinero, tranquilidad y, muchas veces, la confianza en las instituciones.

Por eso, antes de asumir que una multa es inevitable o que una actuación administrativa de cualquier autoridad es intocable, vale la pena revisar el caso. En ocasiones, la diferencia entre resignarse y obtener justicia consiste simplemente en conocer que la ley también protege a los ciudadanos.

SALVADOR AVENDAÑO
Abogado especializado en Derecho Administrativo y Fiscal.

Autor de la columna “El ciudadano frente al poder”.
Cel. 951 581 9216.

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