México rechaza informe del Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU por omitir avances contra desapariciones forzadas desde 2018

*México rechaza el informe del Comité por ser tendencioso y no tomar en cuenta las observaciones, análisis y actualizaciones presentadas por el Gobierno de México, las cuales demuestran que los argumentos no coinciden ni con la definición de desaparición forzada del propio comité, ni los avances institucionales logrados desde 2019 y en particular desde 2025.

*El procedimiento de la Convención fue diseñado para casos en que las desapariciones forzadas son cometidas de manera generalizada y sistemática por agentes del Estado, y en que las autoridades se niegan a actuar y cooperar. Dicho marco no corresponde a la realidad del México actual, que ha emprendido una transformación estructural en la materia

Si bien el informe se refiere principalmente a hechos ocurridos en el periodo 2009-2017 -administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto– y se circunscribe a cuatro estados, la decisión del Comité es parcial y sesgada. Omite considerar los esfuerzos institucionales presentados el pasado 27 de marzo, y lamentamos que haya rechazado estudiar la información actualizada proporcionada por el Estado mexicano antes de publicar su resolución.

El propio Comité reconoce en los párrafos 117 y 118 de su decisión que no existen indicios fundados de una política federal para cometer ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil por acción u omisión.

Dichos señalamientos reflejan la situación actual del país, diferente a la de periodos anteriores.

Es de resaltar la falta de rigor jurídico en la argumentación del CED, así como la ligereza de sus premisas —incluyendo su interpretación del vínculo con el Estatuto de Roma, agravada por conflictos de interés de algunos de sus integrantes; en específico, existe evidencia de que al menos uno de ellos trabajó para organizaciones que han presentado quejas en contra del Estado mexicano.

El Gobierno de México no tolera, permite ni ordena desapariciones forzadas. Además, resaltamos que en esta administración se ha emprendido una reforma legislativa e institucional, en coordinación con colectivos de familiares, para atender este flagelo.

Fruto de un proceso dialogado y con participación de las familias, en julio de 2025 se aprobaron reformas sustanciales a la ley.
Herramientas y obligaciones que el CED no consideró debidamente:

•La Alerta Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
•La obligación de abrir carpeta de investigación ante el primer reporte.
•La Base Nacional de Carpetas de Investigación.
•La Plataforma Única de Identidad.
•La obligación de fiscalías especializadas estatales.
•El fortalecimiento del Banco Nacional de Datos Forenses.
•El robustecimiento de la Comisión Nacional de Búsqueda con especialistas y equipo.
•La obligación de registros oficiales con datos mínimos de identificación.
•La coordinación garantizada entre comisiones de búsqueda, fiscalías estatales y la FGR.
•La incorporación de las comisiones de víctimas al Sistema Nacional de Búsqueda.

Como ha reconocido el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, México mantiene una política de cooperación cotidiana con los sistemas internacionales y regionales, lo cual ha sido valorado por diversas agencias.

México está abierto a la cooperación técnica internacional, pero no a partir de premisas que no reflejan su realidad actual.

Reafirmamos el compromiso absoluto de este gobierno con la erradicación de las desapariciones forzadas, el fortalecimiento de la búsqueda e identificación, y la garantía de verdad y justicia para las víctimas y sus familias, como parte central de la transformación nacional.

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