Resuelve IAIPO inconformidades de ciudadanos que consideraron violentado su derecho a la información

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Oaxaca de Juárez. Al celebrar su Novena Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO), resolvió 13 Recursos de Revisión interpuestos por ciudadanos que se informaron al considerar violentado su derecho de Acceso a la Información.

El Pleno del IAIPO integrado por el comisionado Presidente, Francisco Álvarez Figueroa, y los comisionados, Juan Gómez Pérez y Abraham Soriano Reyes, atendieron las inconformidades de la ciudadanía sobre diversos Recursos de Revisión que involucran a los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), el Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca (ICAPET), el Instituto de la Juventud del Estado de Oaxaca (INJEO), la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca (ASE), el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), la Fiscalía General de Justicia del Estado de Oaxaca, así como a los Ayuntamientos de San Juan Bautista Tuxtepec, Juchitán de Zaragoza y Huajuapan de León.

Al resolver el Recurso de Revisión 006/2017, el Pleno del IAIPO consideró infundado el motivo de inconformidad en contra de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), debido a que el Sujeto obligado puso de manifiesto que, por el volumen de la información solicitada, esta se ponía a disposición en sus oficinas. En este sentido la respuesta del Sujeto obligado es conforme a derecho, por lo que se confirma la respuesta de los SSO.

Del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca se resolvieron dos asuntos: en el primero de ellos, el recurso de revisión 030/2017, el Consejo General del IAIPO determinó que el IEEPO debe otorgar el acuerdo de reserva de la información sobre regularización de plazas con la confirmación del Comité de Transparencia, pues es correcto que la información que se encuentra en proceso deliberativo es reservada, sin embargo, se debe otorgar certeza jurídica al recurrente.

En el segundo asunto, el 284/2016, el Consejo General determinó el sobreseimiento del recurso de revisión, debido a que el IEEPO acreditó haber dado respuesta a solicitud de información.

También se atendieron dos recursos de revisión interpuestos en contra del Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo. En el primero de ellos, el 039/2017, el Consejo General del Órgano garante consideró que el Sujeto obligado debe proporcionar la información faltante debido a que se trata de información de acceso público, pues aun cuando en los alegatos formulados, el Sujeto obligado pretende subsanar la información faltante, no lo hace de manera total. Y para el caso del Recurso de Revisión con folio 040/2017, se determinó que el ICAPET debe entregar información correspondiente a algunos puntos de la solicitud, pues la respuesta no está fundamentada.

En el caso del Recurso de Revisión 048/2017, correspondiente al Instituto de la Juventud del Estado de Oaxaca, el Consejo General consideró fundado el motivo de inconformidad del solicitante y ordenó la entrega de información relativa al Consejo Consultivo del INJEO, tal como el número de integrantes, periodos por los que se ha renovado, número de hombres y mujeres integrantes de los pasados dos consejos, y últimas convocatorias públicas para la integración del mismo.

En lo que respecta al Recurso de Revisión 054/2017 de la Secretaría General de Gobierno, el Pleno del IAIPO consideró que esta instancia debe informar sobre el Sistema Estatal de Atención a Víctimas, pues de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Oaxaca, el Sujeto obligado forma parte de dicho sistema y en caso de no contar con la información, debe realizar la declaratoria de inexistencia a través de su Comité de Transparencia.

En el asunto 282/2016, correspondiente a la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca, el Consejo General determinó que efectivamente la información requerida sobre la auditoría al municipio de Ixtlán de Juárez, reviste el carácter de reservada, sin embargo, la ASE debe precisar en el acta de reserva los elementos objetivos que identifiquen probabilidad de dañar interés público.

Al resolver el Recurso de Revisión que involucra al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, identificado con el folio 263/2016, el Consejo General determinó el sobreseimiento del mismo debido a que el Sujeto obligado acreditó haber atendido la solicitud de información.

En el caso de la resolución al Recurso de Revisión 005/2017, el Pleno del IAIPO consideró fundado el motivo de inconformidad del recurrente, y ordenó al Ayuntamiento de Huajuapan de León entregar la información respecto a los ingresos recibidos durante los ejercicios 2014, 2015 y 2016, de ingresos propios, participaciones y aportaciones federales, así como información de obras públicas.

Al dar resolución al asunto 014/2017 correspondiente al Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, se determinó que éste debe entregar copias simples sin costo para el recurrente del expediente técnico unitario de las obras en el Bulevar “Benito Juárez” y en la Avenida “5 de mayo”.

Mientras que en el caso 017/2017, se declaró sobreseído el Recurso de Revisión en contra del Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza, pues entregó la información al recurrente.

Finalmente, en el asunto 075/2017 correspondiente a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Oaxaca, el Consejo General del Órgano garante determinó que este Sujeto obligado debe informar sobre el número de decesos ocasionados por el transporte urbano concesionado en el área metropolitana de la Ciudad de Oaxaca de Juárez, desde enero de 1978 a diciembre de 2016, por línea, empresa o compañía camionera.

En asuntos generales, el comisionado Francisco Álvarez Figueroa condenó los casos de espionaje que se revelaron recientemente en contra de periodistas y defensores de Derechos Humanos, e hizo un llamado al Gobierno Federal para que realice una investigación seria, imparcial e independiente sobre este caso, pues consideró que los gobiernos deben atender cualquier señalamiento sobre sus actividades.

Mientras que el comisionado Abraham Soriano Reyes, expuso al Consejo General la invitación para el Primer Encuentro de Voluntades y Mesas de Seguridad Ciudadana y Cohesión Social que organiza la Secretaría de Gobernación (SEGOB), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Unión Europea (UE), en el marco del Laboratorio de Cohesión Social II (LCSII).

Soriano Reyes detalló que en este encuentro, que se realizará en el mes de julio, el IAIPO expondrá las buenas experiencias y prácticas que llevan hasta el momento como parte de la implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Participación Ciudadana e Institucional en los Temas de Transparencia en 20 Municipios del Estado de Oaxaca”, que implementa el IAIPO en conjunto con la UE.